Libertad!

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martes, 17 de junio de 2008

Inhabilitaciones Inconstitucionales de candidatos en Venezuela.

GRUPO ÁVILA

El próximo 23 de noviembre se realizarán elecciones para Gobernadores y Alcaldes. Las expectativas que tienen las fuerzas democráticas son promisorias. Después del triunfo obtenido el pasado 2 de diciembre, en el que fue derrotado el gobierno en su intento de cambio constitucional por la vía de referéndum, los partidos democráticos y la sociedad civil tienen una clara oportunidad de recuperar espacios y posiciones político-institucionales, así como establecer contrapesos al poder del Presidente.

La perspectiva cierta de obtener un número significativo de gobernaciones y alcaldías en los estados más importantes ha provocado diversas reacciones del gobierno venezolano. Frente a la creciente protesta popular de vastos sectores de la población defraudados por las ejecutorias gubernamentales, el gobierno ha echado mano de instrumentos para tratar no sólo de controlar a la población con leyes represivas e inconstitucionales, sino también de inhabilitar política y electoralmente a un grupo de lideres de la oposición que las encuestas señalan como posibles ganadores en sus regiones.

El gobierno, que controla todos los órganos del poder público, utiliza a la Contraloría General de la República para inhabilitar a los candidatos de oposición, siendo que tal órgano sólo puede aplicar sanciones administrativas y no penales.

Especialmente grave es esta maniobra al servicio de una parcialidad política, ya que viola flagrantemente la Constitución Nacional de 1999, la cual dispone que sólo podrán ser inhabilitados aquellos ciudadanos que hayan sido condenados por un tribunal de la República. En efecto, la Carta Magna en su artículo 65, establece que: "No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito."

La norma transcrita es muy clara. Sólo cuando haya recaído una sentencia definitivamente firme dictada por un tribunal penal, procederá la inhabilitación como pena accesoria, y no simplemente mediante resoluciones del órgano Contralor.

Esa práctica configura una discriminación y por tanto es violatoria de los derechos humanos y civiles de un grupo importante de venezolanos (alrededor de 400), algunos de los cuales legítimamente aspiran a cargos de elección popular. Ello, a su vez, conculca el derecho a elegir y a ser elegido.

El GRUPO ÁVILA denuncia este nuevo intento de conculcación de los derechos civiles y políticos de que son víctimas los venezolanos.

Caracas, 17 de Juniuo 2008.

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