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miércoles, 6 de abril de 2016

La Asamblea Nacional SI puede reformar el Tribunal Supremo de Justicia



EN JAQUE Asamblea Nacional SÍ PUEDE reformar ley y composición del Tribunal Supremo de Injusticia

Los argumentos utilizados por el Gran Polo Patriótico para oponerse a la reforma de la Ley Orgánica del TSJ, propuesta por la mayoría opositora en la Asamblea Nacional, son dos: primero, que sólo el TSJ puede reformar su propia ley y composición de sus salas; segundo, que al obligar a la Sala Constitucional a escuchar al Parlamento antes de decidir sobre la inconstitucionalidad de una ley, se estaría reformando la Constitución.
Con respecto al primer argumento el consultor jurídico de la AN y experto constitucionalista, Jesús María Casal, aclaró que  “es potestad de la AN reformar la ley y composición del TSJ. Eso siempre se ha interpretado y aplicado así, porque la AN es el órgano representativo por excelencia que debe tener la posibilidad de legislar sobre todos los temas. Hay determinados órganos con competencia para legislar en sus áreas, pero ello no excluye a la AN”.
Acerca del segundo razonamiento de la bancada oficialista, Casal manifestó que de acuerdo a la Constitución si el presidente no promulga una determinada ley en el lapso de 10 días establecido en la Carta Magna, debido a que lo envió al TSJ para su revisión y la AN no tiene conocimiento de esto, el Parlamento tiene la facultad de ordenar su promulgación llegado el día 11.
“Por otro lado, si la AN siempre ha tenido derecho de ser oída cuando una ley es impugnada luego de su promulgación, es lógico que exista alguna incidencia para que la AN pueda dar su punto de vista durante la consideración de la constitucionalidad”, agregó.
Recordemos que el martes pasado la oposición presentó y aprobó en primera discusión el proyecto de reforma que eleva de 7 a 15 el número de magistrados de la Sala Constitucional y establece un procedimiento para procesar las solicitudes de inconstitucionalidad enviadas por el presidente de la República

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